Primero: Revisa la Medida Privativa de Libertad, impuesta en fecha 12 de Noviembre del año 2013, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control número Uno de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, al adolescente OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, quien fue sancionado a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES; y, sucesivamente REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto en el articulo 27 del Código Penal en concordancia con el articulo 37 de la Ley contra la delincuencia organizada, y USO DE FASCIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 114 de la Ley para el Desarme y control de armas y municiones, en concordancia con lo previsto en el articulo 277 del Código Penal, de conformidad con los artículos 628 y 624 todos de la Ley Orgánic.....