En consecuencia, en virtud de que ya se resolvió sobre lo solicitado en el escrito presentado por el defensor, aún cuando fue debidamente notificado de la decisión, este Tribunal encuentra que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, por lo que se acuerda archivar en la carpeta de correspondencia recibida el escrito y el presente auto, librándose notificación al solicitante, del contenido del auto que antecede. Cúmplase.