Primero: Decreta la Prescripción de la sanción impuesta a la joven adulta OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto en el artículo 42 en concordancia con el artículo 15 numeral 4 ambos de la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujer a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Lucy Jacqueline López; quien fue sancionada a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; y simultáneamente, la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, POR EL LAPSO DE TRES (03) MESES, con una jornada de cuatro (04) horas semanales, conforme lo establecido en el artículo 625 ejusdem; de conformidad con lo establecido en el artículo 616 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Ordena la Cesación de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE UN (01).....