Primero: Revoca la medida de Reglas de Conducta, impuesta por este Juzgado, al joven adulto OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión de los delitos de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas; de conformidad con lo establecido en los artículos 646 y 647 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Impone al adolescente OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, antes identificado, la MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE CUATRO (04) MESES POR INCUMPLIMIENTO DE LA SANCIÓN, la cual concluirá el día 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014, por la comisión de los delitos de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACI.....