TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: EXIME, de la medida cautelar decretada en fecha 14 de marzo de 2005, establecida en el artículo 582 literales ?d?, y ?f? de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, e impone las establecidas en los literales ?c? y ?g? del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al Adolescente (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNA), por estar incurso en la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 (Art. 458 actualmente según Reforma Parcial) del Código Penal, modificada la del literal ?g? en los términos señalados supra. SEGUNDO: Se Ordena oficiar a los Tribunales de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, a lo.....