Juzgado de Primera instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: IMPONE COMO MEDIDA DE ASEGURAMIENTO a la adolescente (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNA), la establecida en los literales ?c?, ?d? y ?f? del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando obligado la adolescente antes mencionada a: 1) Presentarse cada Quince (15) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Táchira y cada vez que sea requerido por la Autoridad. 2) Prohibición de salir de la Jurisdicción del Tribunal sin el debido permiso por escrito. 3) Prohibición de comunicarse con la víctima o cualquiera de sus familiares, sin menoscabo del derecho a la defensa; a tal efecto se ordena levantar la respectiva acta de compromiso del adolescente, en .....