En razón de las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: Declara con lugar la solicitud de la defensa, en consecuencia, decreta el sobreseimiento definitivo de la causa, seguida en contra del adolescente Y. A. G. G. (identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 24-09-1994, de 21 años de edad, hijo de C. C. Ch y A. G, con 4to año de instrucción, titular de la cédula de identidad Nº V-(identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), estado civil sol.....