Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: DECLINAR LA COMPETENCIA, en los Tribunales de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, al imputado (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNA), de conformidad con lo establecido e en los artículos 534 y 535 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 77 Código Orgánico Procesal Penal; a tal efecto, se ordena remitir la presente causa al referido Juzgado de Juicio a los fines legales pertinentes. Líbrese el oficio correspondiente. Notifíquese a las partes informándole lo aquí decidido. Cúmplase lo ordenado.-
ABG. MARIELA DEL CARMEN SALAS PORRAS
JUEZ DE JUICIODE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL TRIBUNAL PENAL
ABG. ADRIANA LOURDES BAUTISTA JAIMES
SECRETARIA DE JUICIO
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
Causa Penal Nº JU-142/2.002
MDCSP/albj.-