este Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el articulo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA EN REBELDÍA a la adolescente SE OMITE NOMBRE, Colombiana, natural del Tulúa Valle, República de Colombia, nacida el 18-10-1986, de 19 años de edad, indocumentada, bachiller, domiciliada en la avenida 5ta, casa N° 23, Cúcuta Republica de Colombia. Por la presunta comisión del delito de COMPLICE EN EL DELITO DE TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 84 ordinal 3ro del Código Penal, en concordancia con el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; y por consiguiente se ordena su inmediata ubicación para lo cual .....