PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Publico contra (RESERVADO de conformidad con el art. 545 de la LOPNA),, ya identificado, y las pruebas ofrecidas por la misma, conforme a lo señalado en el literal "a" del articulo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Declara con Lugar el procedimiento por admisión de los hechos, solicitado por el adolescente acusado, y en consecuencia DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente (RESERVADO de conformidad con el art. 545 de la LOPNA),, por el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto en el artículo 3 de la Ley de Robo y Hurto de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano (RESERVADO de conformidad con el art. 545 de la LOPNA),. TERCERO: Se impone al acusado responsable (RESERVADO de conformidad con el art. 545 de la LOPNA), ya identificado, la sanción de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de .....