DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor del adolescente (RESERVADO de conformidad con el art. 545 de la LOPNA), de conformidad con lo señalado en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítase la causa en su oportunidad legal al Archivo Judicial.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA
PUBLÌQUESE
AB. HELEN NEFFERTY GARCIA RAMIREZ
JUEZ DE CONTROL NO. 3
AB. PERLITA DEL MAR MENDOZA S.
SECRETARIA SUPLENTE
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, se dejo copia certificada para el archivo del tribunal y se libraron las respectivas boletas de notificación de las partes.
EXP 3C-1120/2004.