DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor de los (RESERVADO de conformidad con el art. 545 de la LOPNA), de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, solicitado por la Fiscal Decimonovena del Ministerio Público. Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA, PUBLÌQUESE
AB. IRIS COROMOTO CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ (S) DE CONTROL NO. 3
AB. MARIA ALEJANDRA NOGUERA G
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado, se libraron las respectivas boleta de notificación.
EXP 3C-932-2003