Se OTORGA la medida de LIBERTAD CONDICIONAL al ciudadano PORRAS SIERRA NELSON ENRIQUE, ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, estableciendose un RÉGIMEN DE PRUEBA, por el lapso de CUATRO (4) AÑOS, NUEVE (9) MESES y TRECE (13) DÍAS, que es el lapso de pena que le faltaría cumplir al penado de autos.