RESUELVE:
ÚNICO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA, al ciudadano CARRILLO GUILLEN RENZO MARTIN, quien es venezolano, natural de San Cristóbal estado Táchira, nacido el 13-10-1987, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.255.268, soltero, residenciado en Urb. Los Alpes casa Nª 01, avda. Demócrata de esta ciudad, por cumplimiento efectivo a la condena impuesta por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 08, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, y del lapso del Régimen Impuesto por este Juzgado en razón de la Suspensión Condicional de la ejecución de la Pena, y por tanto decreta EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y la consecuencial LIBERTAD PLENA del mismo, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal. Cópiese, notifíquese y cúmplase,