en consecuencia y por su carácter actual de JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, conforme a lo dispuesto en el artículo 86 numeral 7 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal, dejó constancia de lo siguiente: "Me INHIBO de conocer en la presente causa 3E-2374 en virtud de haber conocido de la causa como Juez de Primera Instancia en Función de control Número Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, por haber celebrado Audiencia Preliminar al imputado CAMARILLO MERCHAN EUDES ANTONIO, en la cual se impuso pena por el procedimiento especial de admisión de los hechos. Tal situación deviene haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella, o haber intervenido como fiscal, defensor, experto, intérprete o testigo, siempre que, en cualquiera de estos casos, el recusado se encuentre desempeñando el cargo de Juez, conforme lo dispone el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgá.....