este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano DURANGO OQUENDO DE PEÑA MARIA, Venezolana, natural de Pereira Colombia, mayor de edad, nacido e fecha 06-11-1942, Casada, titular de la cedula de identidad V-13.803.818, residenciado en Brisas de Carabobo, calle Centenaria, casa sin numero, Naguanagua, Estado Carabobo. En consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.