Por lo tanto, satisfechos plenamente los requisitos exigidos por el legislador, es por lo que este tribunal considera que lo procedente es otorgar la LIBERTAD CONDICIONAL al penado GRANADOS SANABRIA CARLOS ALFONSO, por el tiempo de pena que le falta por cumplir, esto es, por el tiempo de TRES (3) AÑOS, SEIS (6) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS, los cuales se cumplen el 15 de septiembre de 2008, bajo las siguientes condiciones:
1-. Prohibición de salida del país sin autorización previa y escrita de este Tribunal.
2-. Permanecer activo laboralmente y presentar constancia.
3-.Mantener buena conducta en el medio familiar y social.
4-. Prohibición de frecuentar lugares de consumo y expendio de bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
5-.Presentarse por ante este Tribunal cada vez que sea requerido.
6-. Cumplir con las condiciones y atender las orientaciones impartidas por el delegado de prueba.
7-. Abstenerse de relacionarse con personas de referencia negati.....