Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO OTORGA EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado, MONCADA GOMEZ JESUS ARGENIS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.305.603, nacido en Queniquea- Estado Táchira el 28-01-1975, casado de profesión agricultor, residenciado en la carrera 2, con calle 3 frente al comando de la guardia nacional- Queniquea Estado Táchira este Tribunal, de conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, bajo las siguientes condiciones:
1.-Prohibición de salir de la Jurisdicción Estado Táchira, sin la debida autorización del Tribunal correspondiente.
2.-No cambiar de residencia, silo hace participar al Tribuna.....