PRIMERO: Se declara CULPABLE al acusado JESUS SALCEDO GELVES, de nacionalidad Venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 12-11-82, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.539.687, de 22 años de edad, hijo de Olga Gelvez (v) y Luis Salcedo (v), soltero, de profesión u oficio vigilante, residenciado en Madre Juana, parte alta, vereda 3, casa N° 3 ? 82, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono 0276-3417959, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458, en relación con el Artículo 99 ambos del Código Penal, en perjuicio de RINCON VILLANUEVA WILMER HUMBERTO, REYES NIETO LEWIS RODRIGO y ROMERO MARIO DE JESUS; PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el Artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación todos con el Artículo 87 y 77 ordinal 12 ambos del Código y se conde.....