este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PUNTO PREVIO: DESESTIMA para el acusado YOHANNY DE JESUS PUERTA TEJADA, los delitos de ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 4 y 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al terrorismo y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 del código penal, por cuanto el Ministerio Público no demostró que efectivamente se hayan cometido dichos delitos.
PRIMERO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE Y CONDENA al acusado YOHANNY DE JESUS PUERTA TEJADA, titular de la Cédula de Identidad número V-20.953.710, de nacionalidad: Venezolana, natural de: San Carlos estado Cojedes, donde nació el día: 17/12/1991, de 22 años de edad, de estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Comerci.....