este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVA: PRIMERO: SE CONDENA AL ACUSADO RAMON DAVID MENESES DIAZ, Venezolano, nacido en fecha 25-08-1962, de 52 años de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad N° V.-23.206.496, residenciado barrio la pedregosa sector la puerta casa N 525, El Vigía Estado Mérida, teléfono 0424-7299251, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE INTRODUCCION SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el delito de Contrabando, en concordancia con el Articulo 23 numeral 4 eiusdem, a cumplir EL PAGO DE MULTA POR LA CANTIDAD EQUIVALENTE A ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO CON CERO CINCO CÉNTIMOS (11.428,05), como se encontraba la unidad tributaria para el momento que se cometió el hecho punible. SEGUNDO: SE .....