PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano ABRIL CASTILLO EDINSON, de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta-Colombia, nacido en fecha 31-03-1985, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E-84.399.401, comerciante, soltero, residenciado en Chucurí, avenida principal N° 3-7; por el delito de ROBO ARREBATON, previsto y sancionado en el articulo 456 ultimo aparte del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Miriam González González.
SEGUNDO: EXONERA al Estado Venezolano de la condena en costas, en virtud de haber actuado de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 285 ordinales 3º y 4º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.