Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la imputada ENAIDA VIGELINA VERGEL DIAZ, venezolano, mayor de edad, de 35 años de edad, soltera, de oficios del hogar, nacido el 22-10-1974, residenciada en San Josecito, sector G, vereda 2, casa sin número, Municipio Torbes, Estado Táchira, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 encabezamiento del Código Penal Venezolano; de conformidad con lo establecido en el articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto SE ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN a los organismos competentes, a los efectos que materialicen la orden aquí acordada y una .....