DISPOSITIVA
En consecuencia Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE Y CONDENA al ciudadano HENRY MORENO CORTES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr. 19.737.816, nacida el 26 de septiembre de 1974, y residenciada en el Barrio Obrero, Calle 2, entre Carreras 22 y 23, Casa nr. 16-44, San Cristóbal, Estado Táchira , a quien se le atribuye la comisión del delito de ROBO ARREBATON , previsto y sancionado en el artículo 456, último aparte del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana TANIA PAREDES a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN.
SEGUNDO: CONDENA al acusado HENRY MORENO CORTES, a las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: EXIME en costas al acusado HENRY MORENO CORTES, en .....