En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIÓN DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud formulada por la abogada ROSSILSE MARGARITA OMAÑA, y acuerda TRASLADAR las presentaciones al Estado Miranda, específicamente en la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, a favor del imputado JIMMY ARNOLDO CAICEDO BORGES, venezolano, natural de La Fría, Estado Táchira, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.887.792, nacido en fecha 30-03-1980, de profesión u oficio obrero, de estado civil casado, residenciado en la Urbanización, Los Naranjos, Zona 2, casa F-24, Guarenas, Estado Miranda; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal; con la obligación de presentar.....