PRIMERO: Inadmite la recusación propuesta por abogados CARLOS ENRIQUE MACERO NUÑEZ, YENNY DUBRASKA GOMEZ ARAQUE y MARIANA DE JESUS VASQUEZ ANDRADE, defensores Privados de los acusados ARTURO MARCELINO SOSA ABASCAL y MIREYA CASTILLO DE MENDEZ, a quienes el ciudadano GERARDO NIETO QUINTERO, solicita su enjuiciamiento por acusación de parte agraviada, por la presunta comisión del delito de INJURIA, previsto y sancionado en el Artículo 444 del Código Penal, en perjuicio de la persona del Acusador, por falta de fundamento legal, basándola en hechos que se les revierten, considerando quien aquí decide que existe FALTA DE LEALTAD Y PROBIDAD POR PARTE DE LOS RECUSANTES: Debe tenerse igualmente en cuenta que cuando se crea tener una causal legal de recusación, debe proponerse desde el primer momento en que el juez asume el conocimiento de la causa, porque si la parte no lo hace sino que espera el devenir procesal para hacer uso del derecho de recusación planteando simuladamente y falsamente qu.....