Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio en condición de Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público contra el ciudadano RAMÓN ELI QUINTERO PEÑALOZA, suficientemente identificado en autos, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 encabezamiento del Código Penal, en perjuicio del Orden Público; SEGUNDO: ADMITE las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser legales y pertinentes la totalidad de las pruebas a que hace referencia en el escrito de acusación. TERCERO: ACUERDA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, al RAMÓN ELI QUINTERO PEÑALOZA, venezolano, natural de Santa Bárbara de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 13-06-1987, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad.....