PRIMERO: DECLARA CULPABLE al ciudadano: JOSÉ DOMINGO LOZADA RODRÍGUEZ, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, y lo CONDENA a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, en la forma y lugar que designe el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad correspondiente, condenando igualmente al acusado, a las penas accesorias de Ley, previstas en el artículo 13 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: DECLARA CULPABLE al ciudadano: JESÚS DOMINGO SUÁREZ PATIÑO, por la comisión del delito de CÓMPLICE FACILITADOR DEL DELITO DE ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal en concordancia con el artículo 83 ordinal 3° ejusdem, y lo CONDENA a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRESIDIO, en la forma y lugar que designe el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad correspondiente, condenando igualmente al acu.....