SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del acusado CRISTOBAL ARGENIS CARRERO CHACON, de nacionalidad venezolana, natural de Táriba, estado Táchira, fecha de nacimiento 14-09-1979, de 33 años de edad, soltero, titular de cedula de identidad N° V-14.606.468, hijo de Juana Chacon (v) y de José Cristóbal Carrero Moreno (v), con domicilio en urbanización Andrés bello calle 5 casa N° 3-47, cordero estado Táchira, teléfono: 0424.702.0780, por la comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el articulo 280 en concordancia con el articulo 274 ambos del Código Penal, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el articulo 218 del código penal, Y LESIONES PERSONALES INTENSIONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el articulo 413 del código penal, en perjuicio de el funcionario LARRY HERNANDEZ. Cesando así las condiciones bajo las cuales se otorgó la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previst.....