ÚNICO: ORDENA SUBSANAR LA QUERELLA interpuesta por GUSTAVO ALEXIS CARRERO TREJO, MARYOLI MARIANNA CARRERO TREJO y MARY CRUZ CARRERO DE QUINTERO representados por su Apoderado Abogado ALEXANDER JOSÉ MONTILLA MACÍAS, quien señaló en su escrito querellal que sus representados son mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.104.084, V-17.663.436 y V-8.045.361, en su orden y civilmente hábiles, dentro del plazo de tres (3) días contados a partir del momento que quede debidamente notificado el Apoderado ALEXANDER JOSÉ MONTILLA MACÍAS y quien dirige la petición al Tribunal, de quien se tiene el domicilio procesal indicado supra, de conformidad con el segundo aparte del Artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal.