este Juzgado Décimo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, en contra de la imputada LICIDA GARCIA PEREA, quien es de nacionalidad colombiana, indocumentada, nacido en fecha 13-01-1953, de 53 años de edad, con cédula de ciudadanía de la Republica de Colombia No. 31.979.928, soltera, comerciante, residenciada en Buenaventura, carrera 39, casa NO. 1-30 Cúcuta, Colombia, por la presunta comisión del delito USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en los artículos 322 en concordancia 319 ambos del Código Penal, de conformidad con los artículos 250 y 251, ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal