TERCERO: CONDENA a las imputadas SARAH JAEL PEREZ CHACON, venezolana, natural de san Cristóbal, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 22.677.110, nacida en fecha 11-11-1992, de 20 años de edad, hija Albania Chacón (v) y Jaime Enrique Pérez (v), residenciada en el barrio 23 de Enero, parte baja, sector Puente Picho, casa sin numero, cerca de la bodega de Simón, casa de color amarilla, cerca de la Cruz de la misión, San Cristóbal, Estado Táchira, teléfono 04247568954, por la presunta comisión del delito de FACILITADORAS EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal en concordancia con el articulo 83 numeral 3 ejusdem, con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del adolescente A.M.O.G, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS Y CUATRO (04 ) MESES DE PRISIÓN y a las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal; a la imputada MARIA ALEJANDRA.....