DEL DISPOSITIVO DE LA SENTENCIA
En consecuencia este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO NUEVE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra del imputado VICENTE WLADIMIR NOGUERA VILLAZANA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido el 21/06/1976, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 13.271.876 , de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, hijo de Vicente Enrique Noguera y de Iria Villazana (v), residenciado en la calle el Canal, N° 28, 23 de enero, la Romana, Maracay, Estado Aragua, teléfono 0416-6462546 y 0414-8235916, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO CONSIDERADA COMO DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal en concordancia .....