PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado WRAYAN RAUL PIÑA GOMEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° V.¿ 18.282.793, de 22 años de edad, soltero, nacido en fecha 19-11-1986, hijo de Jenny Gómez (v) y de Raúl Piña (v), de profesión u oficio trabaja en un puesto de comida, domiciliado en calle 75, casa N° 2G-152, Serró de Marín, Maracaibo, Estado Zulia, teléfono 0261-7923903;; a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de como VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZAS y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 42, 39 Y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Iris Viviana Pallares Barrientos e del artículo 218 encabezamiento del Código Penal; por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre d.....