PRIMERO: Admite parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de los imputados JHONATAN GABRIEL ZAMBRANO VIVAS, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 11/04/1990, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 18.879.337, de estado civil soltero, de ocupación obrero; y KEVIN JHOEL RENDON BUITRIAGO, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 14/08/1993, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 18.879.337, de estado civil soltero, de ocupación obrero; actualmente recluidos en el Centro Penitenciario de Occidente; por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN AGRAVADA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 en concordancia con el artículo 163 numeral 1 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO: Admite las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, por ser licitas, ne.....