Por todo lo anteriormente expuesto, Este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de EDINSON RAMIREZ GOMEZ, por el delito de VIOLENCIA FISICA USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 323 del Código Penal, sin embargo a tenor de lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por encontrarse vigente la Ley Orgánica de Identificación, y prever este delito en su artículo 45. Déjese copia para el archivo del Tribunal. Notifíquese y remítanse las actuaciones al archivo judicial, una vez quede firme la presente decisión.-
ABG. ELISEO JOSÉ PADRÓN HIDALGO
JUEZ OCTAVO DE CONTROL
ABG. LUCY MAIRENA MARQUEZ DELGADO
SECRETARIA.
8C-3416.....