DISPOSITIVO
En consecuencia por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO OCHO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado DERBY FELMAR CARRILLO SANCHEZ, quien es de nacionalidad venezolana, nacido en fecha 23/09/1973, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad V-11.112.241, de estado civil soltero, de ocupación Zapatero, hijo de Julia Sánchez (V) y Félix Carrillo (V), sin residencia fija en el país, teléfono 0276-346.8264 (Teléfono de habitación de los padres), por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de La Ley Orgánica Sobre El Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio Nelvi Yosmari Rey Ariza; ROBO AGRAVAD.....