ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y las pruebas promovidas contra NELSÓN ENRIQUE SUAREZ colombiano, natural de Cúcuta, Norte de Santander, Repùblica de Colombia, titular de la cédula de ciudadania Nº E-88.205.213, de 33 años de edad, nacido el 22-07-1973, de profesión u oficio vendedor ambulante, soltero, Residenciado en Vera Cruz, vía Santa Ana, residencia Ismelda frenta a la panaderia, Municipio Córdoba, Estado Táchira constantes en las actuaciones por la comisión del delito de a quien el Ministerio Público le imputa la comisión del delito de ROBO ARREBATÓN previsto y sancionado en el único aparte del artículo 456 del Código Penal, , en perjuicio del Estado Venezolano, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria,
2. CONDENAR A HENRY JOSUE CARRILLO VILLAMIZAR ya identificado a la PENA PRINCIPAL de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES de PRISION como autor responsable del delito de a quien el Ministerio Público le imputa la comisión .....