PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de JERSON ALEXANDER MONCADA DIAZ, quien es de nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 24/10/1983, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.229.014, de estado civil soltero, de ocupación peluquero, hijo de Doris Julieta Moncada Diaz (v) y Nepo Sánchez (v), y residenciado en Tucape, calle Buenos Aires, vereda 03, casa N° 10-63, entrando por la carpa de los evangélicos, estado Táchira, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICÓTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el artículo 163 numeral 07, eiusdem, en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con.....