Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones De Control N° 8, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
ÚNICO: Acuerda la prórroga de quince (15) días para la presentación del acto conclusivo solicitada por la Fiscalía del Ministerio Público en la presente causa seguida a JORGE LEONARDO MARQUEZ JAIMES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 19.394.620, de 20 años de edad, nacido en fecha 20/09/88, natural del Zulia, de profesión indefinida, residenciado en Avenida 25 C, Barrio Manzanillo, calle 15B, casa N° 25 C-22, Municipio San Francisco, estado Zulia, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de homicidio calificado con alevosía, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de AGUILERA MANEIRO SOVEYG DEL CARMEN; todo de conformidad con el artículo 250 d.....