1. Decretar MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD de conformidad con el artículo 256 numeral 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, con respecto a los imputados JOSÉ IVAN CHACÓN, LUIS ALBERTO PATIÑO ALVIAREZ y DANIEL GUSTAVO CHACÓN, de condiciones civiles y personales, a quien el Ministerio Público le atribuye la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se dejaron consignadas en la providencia. Los imputados deberán presentarse una vez cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo y la Prohibición de salir de la Jurisdicción del Estado Táchira.
2. DECLARAR que los imputados JOSÉ IVAN CHACÓN, LUIS ALBERTO PATIÑO ALVIAREZ y DANIEL GUSTAVO CHACÓN, fueron sorprendidos en estado de FLAGRANCIA, debiendo la causa continuar por el procedimiento ORDINARIO, de conformidad con lo solicitado por el ciudadano Fiscal.
3. Emítase la respectiva.....