1. IMPONER como medida de Coerción Personal, MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD con respecto del imputado JOSÉ TRINIDAD RODRIGUEZ SEPULVEDA, de condiciones civiles y personales, a quien se le imputa la comisión del delito de del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 5 del Código Penal, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que se dejaron consignadas en la providencia.