DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control Numero Ocho del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Admite parcialmente la acusación presentada por el ministerio público en contra del acusado JOSE GREGORIO PEÑA DUARTE, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionados e n los artículos 458 del Código Penal en perjuicio de Banesco; PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del orden público; LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jackson José Morales Gámez; y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 numeral 1 ibídem, en perjuicio de la cosa pública. Se desestima la acusación en c.....