PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado LUIS ALBERTO BEDOYA, quien es de nacionalidad venezolana, nacido el 20/05/1987, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad V- 17.877.347, soltero, de ocupación obrero, hijo de Ana Ideth Mendez (V) y Luis Alberto Bedoya (F), actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente; por la comisión de los delitos de COAUTOR DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 eiusdem, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal; y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 330 numeral 9 del Códi.....