Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones De Control N° 8, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se revoca la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad al imputado JOSÉ VICENTE MIRANDA HUERTAS, de nacionalidad colombiana, con certificado de Regularización N° 682175, nacido el 28/10/1962, residenciado en la calle principal del barrio El Lobo, casa N° 06, de color amarillo con puertas verdes, cerca de Pueblo Nuevo, San Cristóbal estado Táchira; a quien se le imputa la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica Contra Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUDNDO: Decreta privación judicial preventiva de libertad a JOSÉ VICENTE MIRANDA HUER.....