1. ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y las pruebas promovidas contra ARONYS YEUDIS MENESES BLANCO de condiciones civiles y personales constantes en las actuaciones por la comisión del delito de a quien el Ministerio Público le imputa la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMAS, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria;
2. CONDENAR A ARONYS YEUDIS MENESES BLANCO, ya identificado a la PENA PRINCIPAL de UN (01) AÑO Y SEIS (06) Meses de PRISION como autor responsable del delito de PORTE ILICIO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, que le amerito acusación en esta causa, en los términos previstos en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal;
3. CONDENAR a ARONYS YEUDIS MENESES BLANCO, la PENAS ACCESORIAS del artículo 16 del Código Penal;
4. CONDENAR a ARONYS YEUDIS MENESES BLANCO al pago de las COSTAS PROCESALES de .....