En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control No. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, resuelve: Declara SIN LUGAR la solicitud de entrega del vehículo por el Abg. EDGAR VIANEY MOLINA GUTIERREZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PABLO EMIRO BASTOS