Por los razonamientos anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del ciudadano LUIS ALFONSO MOJICA URBINA, quien es venezolano, natural de San Antonio, Estado Táchira, nacido en fecha 28-02-1950, de 59 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.587.235, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, residenciado en San Josecito, sector Los Ranchos, donde llegan las busetas, casa S/N, Color Blanca, Municipio Torbes, Estado Táchira, a quien se le imputó el delito de VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica .....