PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado JOEL ALEXIS RAMIREZ ANGARITA, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad Nº V-14.406.839, nacido en fecha 18-03-1978, de 26 años de edad, de profesión u oficio obrero, soltero, hijo de José Noel Ramírez (v) y Carmen Alicia Angarita (v), residenciado en San Josecito, Barrio Walter Márquez, vereda 3, casa s/n, al lado de la bodega ¿Chávez¿, Municipio Tórbes, Estado Táchira; a quien le imputa la presunta comisión del delito de ROBO ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 Único Aparte del Código Penal, en perjuicio de la adolescente Génesis Caterine Molina Martínez, por estar reunidos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.----------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Ordena la prosecución de la present.....