PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado ENDER LEONARDO FUENTES CASTAÑEDA, colombiano, natural de Cúcuta, Departamento de Norte de Santander, República de Colombia, indocumentado (manifiesta que nunca la ha tramitado), nacido en fecha 30-03-1975, de 29 años de edad, vendedor ambulante, soltero, hijo de Antonio Fuentes (f) y de Inocencia Castañeda (v), residenciado en Vera Cruz, más arriba de la casilla policial, vía Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira; a quien le imputa la presunta comisión del delito de ROBO ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 Único Aparte del Código Penal, en perjuicio de Guillermina Sánchez de Arellano, por estar reunidos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Ordena la prosecución de la presente causa por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo establece el artículo 373 del Código Org.....